Una mujer soltera, madre por el sistema de inseminación artificial, tendrá derecho a las semanas de descanso por maternidad que le hubieran correspondido al padre, de acuerdo a una sentencia pionera del Jugado de lo Social número 2 de los de León. La jurisprudencia ha fallado en diversos sentidos en este asunto, pero León se convierte de uno de los referentes del país en esta materia , al entender que la madre tiene derecho a las prestaciones que le correspondían al padre.

La demandante fue representada por Freire Vicente Abogados  y en la sentencia se reconoce a una madre soltera (familia monoparental) la posibilidad de disfrutar las semanas de descanso por maternidad que hubieran correspondido al otro progenitor. La decisión está argumentada en razones de protección del menor y de no discriminación de las familias monoparentales (mayoritariamente constituidas por mujeres) , frente a las biparentales, que disponen del doble de semanas de descanso, y la consiguiente prestación a cargo de la Seguridad Social. Una sentencia similar concede un aumento de la pensión a los abuelos jubilados con hijos.

 

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